Conciliación (arts.129 a 148 LJV)

*Las disposiciones del Capítulo II de la LJV (art. 13-22 LJV), se aplicarán a todos los expedientes de jurisdicción voluntaria en lo que no se opongan
a las normas que específicamente regulen el expediente concreto. E E
Citación para la comparecencia
art. 142.1LJV
El Letrado de la Administración
de Justicia examina la admisión
del expediente
art.16 LJV
Solicitud de conciliación en
expediente de jurisdicción
voluntaria
Celebración Acto de Conciliación
Auto o Decreto de
Conformidad Total o
parcial: con
avenencia
Ámbito de aplicación: (art. 139.1 LJV) Alcanzar acuerdo con el fin de
evitar un pleito.
Supuestos excluidos: (art. 139.2 LJV):
*Juicios en que estén interesados los menores y las personas con
discapacidad con medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad
jurídica.
*Juicios en que estén interesados el Estado, Comunidades Autónomas y
demás Administraciones públicas, Corporaciones o Instituciones igual
naturaleza.
*Proceso de reclamación de responsabilidad civil contra Jueces y
Magistrados.
*Materias no susceptibles de transacción ni compromiso.
Competencia: (art. 140 LJV) (1)
Postulación procesal: (art. 141.3 LJV) No preceptiva intervención
Abogado y Procurador.
Contenido: (art. 141 LJV)
*Datos y circunstancias del solicitante y requerido
*Domicilios de solicitante y requerido
*Objeto de conciliación y fecha
*Objeto de la avenencia
5 días
*MÍnimo:5 días
*Máximo: 10 días
Incomparecencia (2)
art.144 LJV
Solicitante Requerido
Se le tiene por
desistido y se
archiva
expediente
Pone fin al
acto
(1) Competencia:
*Juez de Paz o el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia o del Juzgado de lo Mercantil, cuando se trate de materias de su
competencia, del domicilio del requerido.
*Si no lo tuviera en territorio nacional, el de su última residencia en España.
*Si la cuantía de la petición fuera inferior a 6.000 euros y no se tratara de cuestiones atribuidas a los Juzgados de lo Mercantil la competencia corresponderá, en su
caso a los Jueces de Paz.
*Si el requerido fuere persona jurídica, será asimismo competente el del lugar del domicilio del solicitante, siempre que en dicho lugar tenga el requerido delegación,
sucursal, establecimiento u oficina abierta al público o representante autorizado para actuar en nombre de la entidad, debiendo acreditar dicha circunstancia
(2) Si el Letrado de la Administración de Justicia o el Juez de Paz consideran acreditada la justa causa alegada por el solicitante o requerido para no concurrir, se
señalará nuevo día y hora para la celebración del acto de conciliación en el plazo de los cinco días siguientes a la decisión de suspender el acto.
*Las partes podrán solicitar testimonio del acta
*Los gastos son a cuenta del que ha promovido el expediente
Auto o Decreto sin
Conformidad
El acto termina sin
avenencia
Se hace constar en acta
todo lo que se acuerde
Ejecución
Acción de nulidad
por las causas que
invalidan los
contratos
5 días
Admisión de la solicitud
Inadmisión de la solicitud
E*Decreto del Letrado de la Administración de Justicia.
*Auto del Juez de Paz
Título ejecutivo:
*Testimonio del acta
*Auto o Decreto
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