Cuenta del procurador (art. 34 LEC)

Solicitud del
procurador de las
cantidades debidas
Requerimiento del LAJ
al poderdante
Pago de la cantidad
adeudada con costas
El poderdante no paga
ni impugna la cuenta
Impugnación de la
cuenta
10 días10 días
Despacha ejecución
por la cantidad
adeudada más costas
Traslado al Procurador
Pronunciamiento del
Procurador sobre la
impugnación
Examen por el LAJ
10 días
Legitimación: art. 34.1 LEC
Competencia del LAJ del lugar en que el asunto
radicare.
No es preceptiva intervención de Abogado ni Procurador
F
P
F
-Ha de presentarse cuenta detallada y justificada, art. 34.1
-Si la reclamación se dirige contra una persona física: Se
deberá aportar junto con la cuenta el contrato suscrito con el
cliente a los efectos de apreciar alguna cláusula abusiva art.
34.4 LEC
Admisión por el LAJ
Inadmisión por el LAJ
Fin del proceso
3 días
*De la cuenta
*De las actuaciones judiciales
*De la documentación
Decreto del LAJ
(cantidad a satisfacer)
Pago de la cantidad
adeudada
El poderdante no paga
la cantidad
Despacho de ejecución
Si el poderdante es una
persona física control del
Juez de la posible
abusividad cláusula
Audiencia a las
partes
5 días
No existencia de
cláusulas abusivas
Estima la abusividad
de alguna cláusula
(Auto determina las
consecuencias)
improcedencia
de la pretensión
continuación
del
procedimiento
El auto que se
dicte será apelable
en todo caso
Actualización: Este esquema se ha actualizado teniendo en cuenta el
medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo cuya entrada en vigor está
prevista para el 20 de marzo de 2024.

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