Juicio declarativo verbal (arts. 437 a 447 LEC)

Demanda (contenido y
forma art. 399 LEC)
Demanda sucinta sin
abogado ni procurador
Representación y
defensa (solo en caso de
demanda ordinaria): arts.
23.2 y 31 LEC
Competencia: arts. 45 y 47 LEC
Prueba anticipada: arts. 293 a 296 LEC
Acumulación de acciones: art. 437.4 y 5 LEC
Examen por el Letrado de la
Administración de Justicia
Admisión por Decreto
(1)
Falta de jurisdicción o
competencia
Plazo para subsanación
de defectos
Subsanación No subsana
Dación de cuenta al
Tribunal
Admisión Auto de
inadmisión
Traslado al demandado
10 días
No comparece
Contestación a la
demanda
Rebeldía
art. 496 LEC Pertinencia de la
vista
El demandante deberá valorar
la pertinencia de la vista a los 3
días del traslado de la
contestación de la demanda,
Traslado al
demandado
- Reconvención, art. 438.2 LEC
- Crédito compensable, art. 438.3 LEC
No solicitud vista por
ninguna de las partes
Solicitud de vista por
una o ambas partes
Fin del proceso
Tribunal no
considera
procedente vista
Tribunal considera
procedente la
vista
Sentencia
Señalamiento y
citación de las partes
5 días
Celebración de la
vista
Se informará a las partes de la posibilidad de recurrir a una
negociación para intentar solucionar el conflicto, art. 440.1.2º LEC.
máx. 1 mes
Comparecencia de
las partes
No comparecencia
de las partes
Demandante:
desistimiento y
imposición de
costas
(indemnización)
Demandado:
celebración de
juicio
Negociación previa
Mediación
Desarrollo de la
vista
Sin acuerdo
Acuerdo
Levantamiento
suspensión
Señalamiento
para la
continuación
de vista
Comunicación al
Tribunal
(Homologación
judicial)
Archivo
actuaciones
Acuerdo previo
Sin acuerdo
previo
Desistimiento del
proceso
Homologación
judicial
Examen de
cuestiones
procesales
Continuación del acto
No prosigue el acto
Aclaraciones y fijación
de hechos
contradictorios
No conformidad de las
partes
Conformidad de las
partes
Sentencia
Proposición de prueba
Admisión de pruebas
Recurso de reposición
Estima Desestima
Protesta
Práctica de la prueba
Conclusiones orales
Sentencia (2)
Especialidades en la
sentencia:
* Desahucio de finca urbana:
art. 447.1 LEC (5 días), 447.2
LEC
* Tutela sumaria de la
posesión art. 447.2 LEC
* Recuperación de la plena
posesión finca: art. 447.2 LEC
* Tutela de derechos reales
inscritos: art. 447.3 LEC
(1) Inadmisión de la demanda
en supuesto de:
* Demandas para retener o
recobrar la posesión art. 439.1
LEC
* Demandas para la tutela de
derechos reales inscritos art.
439.2 LEC
* Demandas de desahucio por
falta de pago art. 439.3 LEC
* Demandas sobre tutela de
créditos mobiliarios inscritos art.
439.4 LEC
Reglas especiales en el desarrollo
de la vista:
* Recuperación de la plena posesión
de una finca art. 444.1 LEC
* Tutela de derechos reales inscritos
* Demandas de arrend. financiero,
bienes inmuebles art. 444.3 LEC
10 días
(2) Se convocará en el acto de la vista a las partes a la
sede del tribunal para recibir la notificación si no
estuvieran representadas por procurador o no debiera
realizarse por medios telemáticos, que tendrá lugar el día
más próximo posible dentro de los cinco siguientes al de
la sentencia, art. 447.1 LEC
P P F
P P
P
P
P
P
P
P
P
P P P
F
F
F
Actualización: Este esquema se ha actualizado teniendo en
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo cuya entrada en vigor está prevista para el 20 de
marzo de 2024.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR