Juicio rápido (arts. 795 a 803 LECrim)

Ámbito de aplicación
Atestado
- Hechos averiguados
- Declaraciones e informes
-Diligencias
- Circunstancias que pudieran ser prueba o indicio de delito
Auto incoación
diligencias urgentes
No cabe recurso
Práctica de las
diligencias
El Abogado designado para la defensa tendrá también
habilitación legal para la representación de su defendido
en todas las actuaciones que se verifiquen ante el Juez de
guardia, art. 797.3 LECrim
En el supuesto de que la competencia corresponda al Juzgado de
Violencia sobre la Mujer, las diligencias y resoluciones
señaladas en los arts. 796 y 797 LECrim. deberán ser practicadas
y adoptadas durante las horas de audiencia, art. 797 bis. LECrim
Juez oirá a las partes y
al Ministerio Fiscal
Solicitud de medidas
cautelares
Resolución del Juez de
Guardia
Diligencias suficientes
Diligencias
insuficientes
Procedimiento
abreviado
Auto (oral)
No cabe recurso
Apertura del Juicio Oral
Ministerio Fiscal y la
acusación particular
presentarán sus escritos
No se presenta
acusación particular
Sobreseimiento libre
Escrito de acusación
particular
No conformidad
(Escrito de defensa)
Conformidad del
acusado
Sentencia de
conformidad
Celebración del Juicio
Oral
Sentencia
art. 802.3 y 789
Recurso de apelación
máx. 15 días
3 días
5 días
P
F
E
P
P
P
F
F
P
P
P
Oirá al Ministerio Fiscal y a
las partes personadas para
que se pronuncien sobre si
procede la apertura del juicio
oral o el sobreseimiento
P
P
P
F
F
Ámbito de aplicación: Para su incoación se requiere:
1. que se trate de determinados delitos cuya pena no
exceda de determinada duración
2. Se inicie por atestado policial
3. Concurra cualquiera de las circunstancias
siguientes:
a) que se trate de delitos flagrantes,
b) que se trate de alguno de los delitos enumerados en
el precepto o
c) que se presuma que la instrucción será sencilla.
plazo de
2 días
Ministerio Fiscal presentará
escrito de acusación de
inmediato o la formulará
oralmente.
Si el Ministerio Fiscal no presentare su escrito de
acusación en dicho plazo, el Juez requerirá al
superior jerárquico del Fiscal actuante para que
presente el escrito en el plazo de dos días y, si no lo
hiciere, se entenderá que el Ministerio Fiscal solicita
el sobreseimiento libre.

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