Obligaciones formales en el régimen especial del oro de inversión del IVA

AutorJosé Luis Martínez

El Título IX de la Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA) , en su capítulo V, arts. 140 a 140 sexies , regula el régimen especial del oro de inversión . A su vez el art. 9.1.c.b), LIVA lo califica como sector diferenciado de actividad y el Anexo en su apartado Noveno desarrolla el concepto de oro de inversión. El art. 140 sexies, LIVA regula sus obligaciones formales.

A su vez el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (RIVA) en sus arts. 51 ter a 51 quater desarrolla las obligaciones formales del régimen especial del oro de inversión.

Veremos las distintas obligaciones de los sujetos del régimen del oro de inversión seguidamente.

Contenido
  • 1 Obligación de liquidación del régimen especial del oro de inversión
  • 2 Obligaciones formales del régimen especial del oro de inversión
  • 3 Ver también
  • 4 Recursos adicionales
  • 5 Legislación básica
  • 6 Legislación citada
Obligación de liquidación del régimen especial del oro de inversión

Los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del oro de inversión estarán sometidos, en lo que concierne a las actividades incluidas en el mismo, a las obligaciones de liquidación, repercusión o pago del impuesto cuando así resulte de la norma. Como se ha visto, la peculiaridad del régimen consiste en la exención de las operaciones del mismo con posibilidad de renuncia , pero una vez determinadas las cuotas o su exención, éstas se incluirán con el resto de cuotas devengadas por otras operaciones en las declaraciones a presentar por el sujeto pasivo sin más especialidades.

Obligaciones formales del régimen especial del oro de inversión

Los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del oro de inversión tienen que cumplir las obligaciones establecidas con carácter general al igual que el resto de sujetos pasivos del IVA .

No obstante, los sujetos acogidos al régimen especial del oro de inversión tienen que cumplir las siguientes obligaciones formales específicas respecto de las operaciones afectadas por el referido régimen especial:

1) Obligaciones registrales específicas de los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del oro de inversión de acuerdo con el art. 51 quater, RIVA .

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