Tramitación de la declaración de ausencia (arts. 67 a 77 LJV)
Solicitud de expediente de
declaración de ausencia
último domicilio de la persona de cuya declaración de ausencia o
fallecimiento se trate, o, en su defecto, el de su última
residencia,o Juzgado Primera Instancia lugar siniestro.
-Ministerio Fiscal
-El cónyuge del ausente no separado legalmente,
-Persona unida por análoga relación de afectividad a la conyugal
-Parientes consanguíneos hasta el cuarto grado
- Persona que pueda tener sobre los bienes del desaparecido
algún derecho ejercitable.
abogado y procurador
localización parientes más próximos del ausente o desaparecido
hasta 4º grado consanguinidad y 2º afinidad.
*Las disposiciones del Capítulo II de la LJV (art. 13-22 LJV), se aplicarán a todos los expedientes de jurisdicción voluntaria en lo que no se opongan a las normas
que específicamente regulen el expediente concreto. E E
Admisión de solicitud por el
Letrado de la Administración de
Justicia
Citación a la comparecencia
Celebración de la comparecencia
Resolución por Decreto
Plazo máx.
1 mes
*Citará:
-Al solicitante
-Ministerio Fiscal
-Parientes indicados en la solicitud
-Interesados
*Podrá adoptar de oficio o a instancia de interesado, con
intervención del Ministerio Fiscal, medidas de
averiguación, investigación y protección que considere
procedentes.
*Si se propone prueba en la comparecencia
podrá acordarse su práctica posterior a la
comparecencia
El Letrado de la Administración de Justicia:
*Dictará decreto de declaración legal de ausencia
*Nombrará al representante
Inventario de bienes
*Representante: inventario de bienes muebles y
descripción de los inmuebles:
-Intervención del Ministerio Fiscal y interesados
Registro Civil
-Si se han adoptado antes de iniciarse el expediente: las medidas provisionales subsistirán hasta que tenga lugar la declaración
-Si no se han acordado: el secretario judicial podrá acordarlas hasta que finalice el expediente.
-Se comprobará el fallecimiento del desaparecido o ausente, se archivará el expediente y quedarán sin efecto las medidas que se hubieran adoptado.
Inadmisión de la solicitud
Recurso de
revisión
E
P
F
E
P
P
P
P
F
P
El Letrado de la Administración
Judicial examina la admisión del
expediente
art.16 LJV
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