¿Cuál es la regulación aplicable a la regulación de la jornada de trabajo del personal de la escala operativa de los Servicios de Extinción de Incendios?

Autores: Eulalio Avila, Secretario de administración local. Ramón Terol Gómez, Profesor Titular de Derecho Administrativo. Javier Vázquez Garranzo, Letrado de la Seguridad Social. Javier Fuertes, Doctor en Derecho.

Fecha de respuesta: Noviembre 2017.

Contenido
  • 1 Respuesta del autor
  • 2 Recursos adicionales
    • 2.1 Práctivos vLex
    • 2.2 Doctrina
  • 3 Legislación básica
  • 4 Legislación citada
  • 5 Jurisprudencia citada
Respuesta del autor

La determinación de la normativa aplicable a la jornada de trabajo que han de prestar el personal servicio de las Administraciones Públicas ha de realizarse partiendo del específico puesto de trabajo y el servicio público que se presta.

Así, el art. 47 del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) (EBEP/2015) dispone que las Administraciones Públicas establecerán la jornada general y las especiales de trabajo de sus funcionarios públicos, y que la jornada de trabajo podrá ser a tiempo completo o a tiempo parcial, competencia que deberá ser ejercida respetando, a su vez, lo establecido en el art. 37.1.m) EBEP/2015 en cuanto que señala entre las materias objeto de negociación las referidas a calendario laboral, horarios, jornadas y permisos.

De esta forma, la regulación de la jornada de los funcionarios públicos habrá de efectuarse de conformidad a la que previsiones que, sobre ello, se efectúan en el EBEP/2015 y su normativa de desarrollo.

La determinación de la jornada de trabajo es, por tanto, materia susceptible de negociación colectiva, lo que supone que, conforme dispone el art. 38.1 EBEP/2015 , en el seno de las Mesas de Negociación correspondientes, los representantes de las Administraciones Públicas podrán concertar Pactos y Acuerdos con la representación de las organizaciones sindicales legitimadas a tales efectos para la determinación de condiciones de trabajo de los funcionarios de dichas Administraciones.

En el ámbito de la Administración General del Estado y como referencia para el resto de Administraciones Públicas, la Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos (modificada en diversas ocasiones, la última mediante Resolución de 12 de junio de 2017) establece de...

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