Novedades jurídicas sobre derecho fiscal febrero 2021

AutorMiguel Ángel Galán Rubio
Cargo del AutorSocio del área mercantil en Broseta Abogados

Miguel Ángel Galán analiza los aspectos más novedosos de las últimas actualizaciones legislativas en materia fiscal y las resoluciones judiciales más destacadas. Se analizan, entre otras, las siguientes:

* Sentencia de la Audiencia Nacional núm. 3998/2020 de 11 de diciembre, sobre la compensación de bases imponibles negativas.

* Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de febrero de 2021, sobre la deducibilidad de intereses de demora.

* Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de febrero de 2021, sobre la posibilidad de instar nuevamente la rectificación de la autoliquidación.

* Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2020, sobre la obligación de tributar en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

* Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2020, recurso nº 498/2019, sobre los requisitos para aplicar la reducción del 25% en sanciones.

Asimsimo, el autor analiza el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2021.

Compensación de bases imponibles negativas: compensación vs derecho

La Sentencia de la Audiencia Nacional núm. 3998/2020 de 11 de diciembre, plantea un caso en el que un contribuyente solicitó la rectificación de su autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades, dado que había consignado unas bases imponibles negativas inferiores a las que tenía derecho a aplicar.

La Audiencia establece que la aplicación de las bases imponibles negativas no se configura como una opción tributaria, sino como un derecho del contribuyente.

Deducibilidad de intereses de demora

La Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de febrero de 2021, se pronuncia en casación sobre si los intereses de demora, tanto los exigidos en la liquidación como los suspensivos son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, atendiendo a su naturaleza jurídica, y nos recuerda el alcance y límites cuantitativos y temporales.

El Alto Tribunal concluye que los citados intereses son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades (regulación contenida en el TRLIS 4/2004) atendiendo siempre a los límites cuantitativos y temporales que contiene dicha normativa.

Posibilidad de instar...

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