Novedades jurídicas sobre derecho laboral febrero 2021

AutorAlberto Fernández Irízar
Cargo del AutorSocio del Departamento de Derecho Laboral en Broseta Abogados

Alberto Fernández Irízar analiza las cuestiones principales del nuevo Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo. En este vídeo, el ponente trata el objeto, ámbito de aplicación y las cuestiones jurídico-laborales principales del nuevo Real Decreto-Ley, y analiza la cláusula de mantenimiento del empleo.

Real Decreto-ley 2/2021 de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo

El Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo, entró en vigor el 27 de enero de 2021, introduciendo novedades en relación con las medidas que afectan a las empresas:

1) Prórroga de los ERTE por fuerza mayor vigentes.

2) Prórroga de los ERTE por impedimentos al desarrollo de la actividad del RD 24/2020 y RD 30/2020.

3) Prórroga de los ERTE por limitación al desarrollo de la actividad.

4) Posibilidad de solicitar la aplicación de ERTE por impedimento o limitación hasta el 31 de mayo de 2021.

5) Mantenimiento del mismo procedimiento de solicitud de exoneración de cuotas.

6) Prórroga de los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

7) Mantenimiento de las limitaciones para las empresas que se acojan a los ERTE.

8) Prórroga del PLAN MECUIDA.

9) Prórroga de las medidas de protección por desempleo.

Garantía de mantenimiento del empleo

El compromiso de mantenimiento del empleo fue introducido en nuestro ordenamiento por la DA6ª del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, como contrapartida a los beneficios que reportaban las medidas excepcionales adoptadas por dicho RDL para las empresas que se acogieran a ellas:

"Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el presente real decreto-ley estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la reanudación de la actividad".

En un principio, afectaba únicamente a los ERTE por fuerza mayor, pero el Real Decreto-ley 24/2020 lo amplió a los ERTE por causas objetivas.

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