Procedimiento de despido colectivo (art. 51 ET, art. 124 LRJS y art. 29 RD 1483_2012)

Decisión empresarial
de extinción de
contratos (requisitos)
Periodo de consultas con
los representantes de los
trabajadores
Constitución de la
comisión negociadora
7 o 15 días
Serán 15 días en el caso de que alguno de los centros de
trabajo no cuente con representantes legales, art. 51.2 ET
La falta de constitución no impide
el inicio del procedimiento y no
comporta la ampliación de la
duración, art. 51.2 ET
Comunicaciones del
empresario
Comunicación formal a
la Autoridad Laboral
Solicitud de informe del
comité de empresa
Comunicación formal a
los representantes de
los trabajadores
Documentación que ha de acompañar a las comunicaciones: arts.
Periodo de consultas
art. 7 a 11 RD
1483/2012
Empresario y representantes de los trabajadores podrán
acordar sustituir el periodo de consultas para someterse
a mediación o arbitraje, art. 51.2 ET y art. 28.2 RD
1483/2012
Calendario de reuniones: art. 7 RD 1483/2012
Duración del periodo de consultas:
- Empresas de menos de 50 trabajadores: máx. 15 días art. 7.4 RD
1483/2012
- Empresas de más de 50 trabajadores: máx. 30 días art. 7.5 RD
1483/2012
- Finalizará en el momento que las partes lleguen a un acuerdo
Declaración de
concurso
Archivo de actuaciones
y traslado al Juez del
concurso
Comunicación a los
representantes de los
trabajadores
Comunicación a la
Autoridad Laboral
15 días
Notificación individual
de despidos
Prioridad de permanencia
en la empresa de los
representantes de los
trabajadores, art. 51.5 ET y
30 días
Traslado de
documentación a la
entidad gestora en el
caso del
Demanda de
impugnación del
despido colectivo
20 días
- Procedimiento de carácter urgente,
- En el caso de presentarse demanda de
oficio se suspenderá el presente
procedimiento hasta que se resuelva el de
oficio, art. 124.7 LRJS.
Admisión a trámite de
la demanda
El letrado de la
Administración de Justicia
recabará copia del
expediente administrativo de
la Autoridad Laboral
El letrado de la Administración de
Justicia dará traslado de la
demanda al empresario
demandado
Requerimiento al
empresario para que
notifique a los trabajadores
afectados art. 124.9 LRJS
Requerimiento al
empresario para que
presente la documentación
del
5 días
Incumplimiento injustificado
del requerimiento por el
empresario
2º requerimiento al
empresario por la vía
urgente
Remisión de la
documentación y
notificación a los
trabajadores
3 días
Señalamiento día y
hora del juicio
Citación de las partes
Traslado de las partes
de las pruebas para
realizar examen previo
Celebración del juicio
5 días
Sentencia
5 días
Recurso de casación
ordinario
15 días
- Competencia: arts. 7 a) y 8.1 LRJS
- Postulación: arts. 18 y 21 LRJS
- Legitimación: art. 124.1 LRJS
- Representación legal: arts. 62 y 63 ET
P F F
F F
P P P
F
F
F
P
E
E
F
F
F
P
F F
Duración: menos de 30 días
Duración en empresas con menos de
50 trabajadores: 15 días
F F
Actualización: Este esquema se ha actualizado teniendo en
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo cuya entrada en vigor está prevista para el 20 de
marzo de 2024.

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