¿Cómo puedo reclamar una indemnización al Estado por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia en un procedimiento de familia?

Autora: M. Paz Cano Sallares, Abogada.

Fecha de respuesta: Abril 2021.

Contenido
  • 1 Respuesta de la autora
  • 2 Recursos adicionales
    • 2.1 Prácticos vLex
  • 3 Legislación básica
  • 4 Jurisprudencia citada
Respuesta de la autora

Se pretende reclamar una indemnización con cargo al Estado por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia.

Estaríamos hablando de reclamar el daño moral por daño patrimonial y privación indebida de los hijos o hijas tanto en el ámbito civil como en el ámbito contencioso administrativo, derivado de una agresión al patrimonio, a la integridad física o integridad moral.

Con independencia del régimen de responsabilidad aplicable en función del causante del daño, un particular o la Administración pública, el daño irrogado es de índole idéntica:

Un ataque al derecho al respeto de la vida familiar, reconocido en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (BOE núm. 243, de 10.10.1979) que, según declara la STS, Sala 1ª, 30.6.2009, FD 5º (RJ 5490; MP: Encarnación Roca Trías) [j 1], ha de ser calificado de daño moral:

“1. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia. 2. No podrá haber injerencia de la autoridad pública en el ejercicio de este derecho, sino en tanto en cuanto esta injerencia esté prevista por la ley y constituya una medida que, en una sociedad democrática, sea necesaria para la seguridad nacional, la seguridad pública, el bienestar económico del país, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, o la protección de los derechos y las libertades de los demás”.

Dicha acción sería viable, siempre que los daños reclamados guardasen relación con las dilaciones indebidas.

En el primero de los supuestos, el fundamento de la reclamación sería el perjuicio que se le haya causado al reclamante, por las dilaciones indebidas que hayan tenido lugar en el procedimiento, dando lugar a que el proceso se haya alargado durante más de seis años, periodo en el que además del perjuicio económico no haya podido mantener el contacto con los hijos o hijas, perjuicios por los que solicita ser indemnizado.

La lentitud en la tramitación procesal presupone un supuesto de funcionamiento anormal de la Administración de Justicia por dilaciones indebidas, siempre que las mismas no estén justificadas.

La prolongación excesiva del procedimiento, con dilaciones o retrasos que vayan más allá de lo razonable, o de los...

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