Solicitud y formación de inventario para la liquidación del régimen económico matrimonial (arts. 808 y 809 LEC)

Solicitud de inventario con la
demanda de nulidad, separación o
divorcio
Señalamiento y citación
para la formación del
inventario art. 809.1 LEC
Formación de inventario
Incomparecencia
injustificada
Comparecencia de las
partes
Se entenderá conforme a la
propuesta del cónyuge
comparecido
Desacuerdo
Acuerdo
Consignación de acta y
conclusión del acto
Resolución sobre la
administración y disposición
de los bienes
mismo día o
siguiente
Citación por el LAJ art.
809.2 LEC
Vista
(trámites del Juicio Verbal)
Sentencia
- Resolución de las cuestiones suscitadas
- Aprobación del inventario
- Resolución sobre la administración y disposición
de los bienes.
Recurso de apelación
P
F
E
Acompañar propuesta de inventario (art. 808.2 LEC) en la que, con
la debida separación, se harán constar las diferentes partidas:
- Activo de la sociedad art. 1397 CC
- Pasivo de la sociedad art. 1398 CC
10 días
Consignación de acta y
conclusión del acto
Resolución sobre la
administración y disposición
de los bienes
mismo día o
siguiente
El LAJ hará constar en el
acta las pretensiones de
cada una de las partes
sobre los referidos bienes y
su fundamentación
jurídica.
-Legitimación activa: cualquiera de los
cónyuges o sus herederos
Actualización: Este esquema se ha actualizado teniendo en
que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de
servicio público de justicia, función pública, régimen local y
mecenazgo cuya entrada en vigor está prevista para el 20 de
marzo de 2024.

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