Trust en el derecho español

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario

El trust es una figura del derecho anglosajón que se desenvuelve en el ámbito del derecho económico, pero también en el ámbito del Derecho de Familia y en el de Sucesiones.

Contenido
  • 1 La figura conocida como Trust
  • 2 Aplicación de la figura Trust en el derecho sucesorio español
    • 2.1 Aplicación en el ámbito civil de la figura Trust
    • 2.2 Aplicación de la figura Trust en el ámbito fiscal
  • 3 Una aproximación a esta figura
  • 4 Ver también
  • 5 Recursos adicionales
    • 5.1 En doctrina
  • 6 Legislación básica
  • 7 Legislación citada
  • 8 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
La figura conocida como Trust

En el ámbito de las empresas, el trust es una de las formas en que se une el capital que goza o pretende alcanzar un monopolio; su característica más destacada: las empresas que lo forman pierden su independencia productiva, comercial y jurídica; los socios adquieren acciones y cobran dividendos según su participación, pero quien dirige el trust (determina la actividad, los precios, la política comercial, etc.) es el grupo de socios que tienen más poder; objetivo: un mayor beneficio económico.

Distinto es el trust o firmas de producción en los países socialistas: se trata de una agrupación de empresas de producción.

Interesa a nuestro objeto el trust entendido como figura por la que se establece una relación fiduciaria en la que una persona es titular del derecho de propiedad sujeto a una obligación de mantener o usar la propiedad en beneficio de otra.

En definitiva se trata de un fideicomiso activo: tiene lugar cuando una persona coloca sus bienes en el fideicomiso, y éste se administra para su beneficio durante su vida, y luego se transfiere a los beneficiarios que designa cuando muere o queda incapacitado cuando la legislación de que se trate hable de incapacitación (término para España eliminado por la Ley 8/2021, de 2 de junio por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. }

Viene a sustituir en cierta forma al testamento y tiene alguna semejanza, en cuanto a los beneficiarios, con un seguro de vida (el constituyente señala quien recibirá los rendimientos de los bienes o éstos mismos cuando fallezca), ahora bien, los bienes que integran el fideicomiso quedan bajo la administración ordenada por el que lo ha creado: normalmente el dueño.

El fideicomiso es muy común en los Estados Unidos y se lleva cabo cuando una persona transmite en vida (el fideicomitente) a otra (el fiduciario) determinados bienes, y el fiduciario (a menudos profesionales especializados) es quien queda obligado a administrar esos bienes para el beneficio de un tercero, sea el que aportó los bienes, sean los designados (cónyuges, hijos, entidades benéficas, etc.) al fallecer el fideicomitente.

Con el trust resulta que hay un titular legal que es el fiduciario y el beneficiario que tiene una titularidad en equidad (equity); hay, en consecuencia dos propiedades, lo que permite conseguir unos determinados fines: así, en el ámbito mercantil está el supuesto de la agrupación de socios para ejercer el derecho de voto, evitar conflictos de intereses, administrar inversiones, etc.; y en el ámbito familiar se emplea para establecer una administración especial con fines de protección en especial de familiares (garantizar una pensión, los alimentos) y en el ámbito sucesorio se trata de establecer una administración especial y en ocasiones que el beneficiario no reciba de golpe toda la herencia, etc.).

Aplicación de la figura Trust en el derecho sucesorio español

No está admitido en nuestro Derecho, ni en el ámbito civil ni en el fiscal.

Aplicación en el ámbito civil de la figura Trust

La Sentencia del Tribunal Supremo 338/2008, de 30 de abril [j 1] explica con claridad qué es un trust y en relación con ello dice:

El trust constituye una figura por la que se establece una relación fiduciaria en la que una persona es el titular del derecho de propiedad sujeto a una obligación de equidad de mantener o usar la propiedad en beneficio de otra. Se puede constituir el trust tanto por acto inter vivos como mortis causa. Se trata de un negocio jurídico ampliamente utilizado en los países del Common Law con diversas finalidades; pero resulta desconocida en derecho español, tanto material como internacional privado. De su importancia e implantación da muestra la existencia del Convenio de La Haya de 1 julio 1985 sobre ley aplicable al trust y su reconocimiento, que pretende hacer frente a los problemas derivados del desconocimiento de la institución en muchos ordenamientos jurídicos. El Convenio entró en vigor el 1 de enero de 1992 y ha obtenido hasta ahora escasa ratificación, sin que haya sido suscrito por España. El artículo 2 del Convenio define los elementos que han de concurrir en una institución para poder ser calificada como trust a efectos de su aplicación y así reza lo siguiente: A los efectos del...

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