Actualidad de derecho fiscal de marzo 2021

AutorBernardo Gómez Jiménez y Mercedes Santa Olalla de la Puerta
Cargo del AutorAbogados asociados del Área Fiscal en Broseta Abogados

Bernardo Gómez Jiménez y Mercedes Santa Olalla de la Puerta analizan los aspectos más novedosos de las últimas actualizaciones legislativas en materia fiscal y las resoluciones judiciales más destacadas. En concreto, desarrollan el acuerdo internacional en materia de fiscalidad y protección de intereses financieros entre España y Reino Unido en relación a Gibraltar.

A continuación se hace un análisis de las sentencias de actualidad de más relevancia jurídica seleccionadas por los expertos.

Acuerdo internacional en materia de fiscalidad y protección de intereses financieros entre España y Reino Unido en relación a Gibraltar
Las principales medidas adoptadas afectan a los siguientes aspectos

*Reglas para resolver conflictos de residencia fiscal.

*Evitar la utilización de sociedades sujetas al régimen fiscal de Gibraltar por residentes fiscales en España

*Realización de actividades económicas en nuestro país a través de entidades residentes en Gibraltar.

Las personas jurídicas constituidas y gestionadas en Gibraltar tendrán residencia fiscal en España cuando establezcan una relación significativa con nuestro país: Localización de la mayoría de sus activos, obtención de la mayor parte de sus ingresos o, bien que sus socios o directivos sean residentes fiscales en España.

Las personas físicas o jurídicas que se trasladen a Gibraltar a partir de la fecha de entrada en vigor del Acuerdo seguirán manteniendo su residencia fiscal exclusiva en España.

Ventajas fiscales que ofrecen Ceuta y Melilla

*Ofrecen un marco normativo favorable sin ninguna barrera de entrada, a diferencia de Gibraltar, que con el Acuerdo ve muy mermado su funcionamiento dentro de nuestras fronteras.

*Régimen fiscal comparativamente ventajoso y eficiente para empresas: (i) bonificación del 50% en el Impuesto sobre Sociedades, (ii) imposición indirecta: IPSI 0,5% versus IVA 21%, (iii) 10% Impuesto sobre Actividades de Juego.

*Régimen fiscal ventajoso también para particulares: Bonificación del 60% en el IRPF sobre rentas obtenidas por los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR