¿Tiene derecho un concejal no adscrito a ser miembro de todas las Comisiones Informativas?

Autores: Eulalio Avila, Secretario de administración local. Ramón Terol Gómez, Profesor Titular de Derecho Administrativo. Javier Vázquez Garranzo, Letrado de la Seguridad Social.

Fecha de respuesta: Noviembre 2017.

Contenido
  • 1 Respuesta del autor
  • 2 Recursos adicionales
    • 2.1 Prácticos vLex
    • 2.2 Doctrina
  • 3 Legislación básica
  • 4 Legislación citada
  • 5 Jurisprudencia citada
Respuesta del autor

La Ley reguladora de las Bases del Régimen Local (Ley 7/1985, de 2 de abril) (LBRL) regula en los arts. 73 a 78 el estatuto de los miembros de las Corporaciones locales, y el art. 73.3 LBRL (en la redacción recibida de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local ) dispone en su párrafo primero:

A efectos de su actuación corporativa, los miembros de las corporaciones locales se constituirán en grupos políticos, en la forma y con los derechos y las obligaciones que se establezcan con excepción de aquellos que no se integren en el grupo político que constituya la formación electoral por la que fueron elegidos o que abandonen su grupo de procedencia, que tendrán la consideración de miembros no adscritos.

Esta mención supone el reconocimiento en el ámbito municipal de esta situación.

Ciertamente, el art. 73.3 LBRL no fija el régimen jurídico completo de las facultades y derechos de los miembros no adscritos, sino que deja un amplio margen que debe ser completado por las Leyes de régimen local de cada Comunidad Autónoma y el Reglamento orgánico de cada Ayuntamiento o Diputación, si bien sí que establece (párrafo tercero) que los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia y se ejercerán en la forma que determine el reglamento orgánico de cada corporación, limitación esta cuya conformidad con el art. 23 de la Constitución Española (CE) se ha declarado en la STC 9/2012 de 18 de enero [j 1], en la que, acogiendo las alegaciones del Fiscal General del Estado, se establecía:

En principio, las restricciones o limitaciones impuestas a los concejales no adscritos responden a un fin legítimo... La actitud del tránsfuga, que, aun ejerciendo su derecho individual, altera el equilibrio de fuerzas derivado del grupo político con el que había concurrido a las elecciones, otorgando con su conducta la mayoría a otro grupo hasta ese momento minoritario, altera, aun en un segundo nivel, la representación democrática, pues la votación a un determinado partido político se efectúa no sólo por la calidad de las personas que lo integran en las listas electorales, sino por la perspectiva política e ideológica que representan” – STC 9/2012 [j 2], F. 4, cuya doctrina reitera la STC 30/2012 [j 3] de 1 de Marzo– (Cfr. Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ávila de 13 de febrero de 2017 [j 4]).

Participar en las Comisiones Informativas es un derecho que corresponde a los Concejales y que se ubica en el núcleo esencial de la función representativa y se corresponde con...

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